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ARTICULO EDITADO: ULTIMA HORA: ESTADO DE ALARMA EN ESPAÑA
El Consejo de Ministros, reunido de urgencia, aprueba esta situación por vez primera en 35 años de democracia ante el boicoteo del colectivo de controladores aéreos
¿Qué es el estado de alarma?
El estado de alarma está recogido en el artículo 116 de la Constitución y desarrollado en una ley orgánica de 1981, que abre esta posibilidad ante terremotos, calamidades, inundaciones, incendios urbanos o accidentes de gran magnitud, epidemias, desabastecimiento de productos de primera necesidad y, como es este caso, paralización de servicios públicos para la comunidad. El Consejo de Ministros extraordinario ha decretado esta mañana el primer estado de alarma en la historia de la democracia española.
La declaración del estado de alarma ha de hacerse mediante decreto acordado por el Consejo de Ministros, en cuyo texto habrá de determinarse el ámbito territorial, los efectos y la duración del mismo, que no podrá exceder de 15 días, que solo se pueden prorrogar con una autorización expresa del Congreso de los Diputados, que, en ese caso, debería establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga.
El Gobierno ha de dar cuenta al Congreso de la declaración de ese estado y le suministrará la información que le sea requerida, así como los decretos que dicte en relación con el mismo. Con su declaración, todas las autoridades civiles de la Administración Pública y los integrantes de los cuerpos de policía autonómicos y locales quedarán bajo las órdenes directas de la autoridad competente en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o naturaleza.
¿Qué supone esta declaración?
Horas antes de que el vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba, amenazara con la declaración del estado de alarma, el control aéreo español quedaba a las órdenes del Ministerio de Defensa. Fuentes del Ejecutivo han afirmado que los controladores que no obedeciesen podrían incurrir en delito de sedición aérea, recogido en la Ley Penal Procesal de la Navegación Aérea. Las penas contempladas para este delito están entre los seis meses y un día y los seis años.
Mandos del Ejército del Aire se han desplazado a los centros de control aéreo de Sevilla, Barcelona, Madrid y Canarias para supervisar la gestión de los centros de control de vuelo. Además asumen el control de nueve aeropuertos civiles y de los aeródromos compartidos de Salamanca, Valladolid, San Javier, Talavera, León, Zaragoza, Cuatro Vientos y Torrejón de Ardoz (estos dos últimos sitos en Madrid).
La Fiscalía de Madrid ha precisado que ha abierto diligencias por si existiera delito contra el tráfico aéreo, que castiga con penas de hasta ocho años a los "empleados de aeropuertos que, en número suficiente para perturbar el servicio, abandonen colectivamente sus funciones (...) en actitud de protesta, desobediencia coactiva o represalia". Otras fiscalías superiores, como la de Andalucía, también han abierto diligencias de investigación y han pedido a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que recaben toda la información disponible en los distintos aeropuertos para estudiar si se ha cometido algún delito.
¿Qué pasa si los controladores no obedecen?
El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la autoridad competente en el estado de alarma será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes, según la ley orgánica. Si estos actos fuesen cometidos por funcionarios, las autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejercicio de sus cargos, pasando, en su caso, a disposición judicial, y se notificará al superior jerárquico a los efectos oportunos del consiguiente expediente disciplinario. Este supuesto se aplica al caso de los controladores, en su condición de empleados públicos.
Los controladores están ya movilizados y son considerados desde la aprobación del decreto como personal militar. Ahora comenzarán a ser localizados uno a uno. Si no se dirigen a trabajar acatando las órdenes que se les den incurrirán en un delito de desobediencia del Código Penal Militar, que en su artículo 102, señala:
"El militar que se negare a obedecer o no cumpliere las órdenes legítimas de sus superiores relativas al servicio que le corresponde será castigado con la pena de tres meses y un día a dos años de prisión. Si se tratare de órdenes relativas al servicio de armas, se impondrá la pena de seis meses a seis años de prisión.
Estos hechos, cometidos en tiempo de guerra, estado de sitio, frente a rebeldes o sediciosos o en situación peligrosa para la situación del buque o aeronave, serán castigados con la pena de diez a veinticinco años de prisión.
Si la desobediencia consistiera en rehusar permanentemente el cumplimiento de las obligaciones militares, se impondrá la pena de dos años y cuatro meses a seis años de prisión y la pérdida de empleo".
Este delito está castigado con hasta seis años de cárcel.
¿Cuándo se retomará la normalidad?
La presencia de militares, de momento, hará que comience a fluir el tráfico aéreo, con lenta cadencia. El estado de alarma obligará a los controladores movilizados a acudir a sus puestos de trabajo. Es más que dudoso que Defensa pueda asumir por mucho tiempo con controladores militares el intensísimo control aéreo español. A algunos aeropuertos, aunque no al de Barajas, han comenzado a regresar los controladores. Barcelona empezaba a funcionar y en Canarias regresaban a las operaciones.
Y el caos, ¿cuándo remitirá?
La magnitud del caos y el número de personas afectadas -hasta 330.000, según fuentes de AENA- hará difícil que la normalidad se recupere en cuestión de horas. La crisis comenzó en un momento crítico, en el inicio del Puente de la Constitución, y los retrasos acumulados, los vuelos cancelados se recuperarán a duras penas. Ninguna fuente se atreve a precisar cuándo volverá la normalidad.
Esta era la situación a primera hora de la mañana en los distintos aeropuertos y también por compañías, según datos de "Elpaís.com"
Andalucía es la única comunidad que mantiene su espacio aéreo abierto, por lo que, en principio, los viajeros que aterricen o despeguen de la en sus aeropuertos tendrían que ser los menos afectados, con la pega de que ninguno de los aviones de Andalucía puede volar desde o hasta destinos nacionales que todavía no estén abiertos.
En el resto de aeropuertos la situación es aún más difícil de predecir. En términos generales, el reinicio de la actividad estaba fijado a las ocho de la mañana. El Prat comenzó a trabajar durante la madrugada (los primeros vuelos estaban programados a las seis de la mañana), al igual que Gran Canaria. Los controladores de estos dos puntos son de vital importancia porque, además de permitir que el aeropuerto funcione, son los responsables de que los aviones que atraviesan su zona aérea puedan volar.
Donde había más problemas a última hora del viernes era en Baleares y Barajas. Muchos controladores se incorporaron a sus puestos ante la presión de la policía y el Ejército, pero practicaron una virtual huelga de brazos caídos. El sábado por la mañana ambos aeropuertos registran largas colas para reclamar y para facturar.
En el aeropuerto de Bilbao, un portavoz de Aena ha informado que los primeros aviones volarán a partir de las 12.00 del mediodía.
Iberia
Iberia ha cancelado todos sus vuelos hasta las 11.00. En cualquier caso, la aerolínea recomienda a los viajeros que consulten la situación en su página web . Tanto en el caso de esta aerolínea como en las del resto del sector, los retrasos pueden ser importantes hasta que se retome la actividad normal.
Hasta el 7 de diciembre Iberia permitirá realizar cambios sin penalización sobre los billetes emitidos para volar los días 3 y 4 de diciembre. Los cambios se pueden efectuar por teléfono. La compañía ha rogado a sus clientes que no utilicen el número de Serviberia (807 11 71 11, operativo de lunes a domingo de 07 a 23 horas) si no es absolutamente necesario, para evitar que el servicio se bloquee.
Spanair
Spanair ha cancelado 65 vuelos con origen o destino en España, según datos de su web. Algunos clientes seguían llamando a este periódico a primera hora del sábado para reclamar que ni la web ni el servicio de la compañía ofrecía datos sobre los vuelos que necesitaban tomar. La compañía ya ha cancelado algunos vuelos del sábado y asegura el reembolso del billete (como manda la ley), pero no puede ofrecer recolocaciones hasta el domingo o el lunes porque todos sus vuelos de antes ya estaban llenos por el puente, han explicado a Europa Press fuentes de la compañía.
Vueling
Vueling no ha informado aún de a qué hora reanudará el sábado por la mañana sus vuelos, y su teléfono de atención se encuentra colapsado. Su página web https://vuelingnews.com/ , sin embargo, ofrece informaciones sobre los vuelos cancelados, los trámites para recuperar el importe del billete (en un plazo no superior a siete días), etc. Los vuelos de la compañía afectados hasta el sábado por la mañana, además de los que unen Madrid y Barcelona, son los que conectan esta última ciudad con Mahón y Orly, y entre Valencia y Orly.
Ryanair
La compañía irlandesa de bajo coste anuncia en su página corporativa que sus vuelos no operarán al menos hasta el sábado al mediodía.
Entre el viernes y el sábado ha cancelado 74 vuelos. En concreto, el viernes 35 vuelos con origen o destino en aeropuertos españoles, mientras que para el sábado se han cancelado 39. Entre los suspendidos el viernes, 18 tenían origen en el aeropuerto de Madrid-Barajas. Otros aeródromos españoles afectados de los utilizados por Ryanair son Girona, Santiago de Compostela, Santander, Palma, Ibiza, Valencia y Alicante.
Otros 18 vuelos con origen en Madrid-Barajas han sido suspendidos de momento para hoy sábado, mientras que entre los aeropuertos internacionales afectados destacan los de Londres Gatwick, Bruselas Charleroi, París Beauveais, Fez o Roma Ciampino.
Vuelos desde América
Varios vuelos con origen en los principales aeropuertos americanos han sido retrasados o aplazados como consecuencia de la huelga encubierta española.
En las terminales de origen con mayor número de frecuencias hacia aeropuertos españoles, como el neoyorquino John F. Kennedy y el vecino de Newark, en Nueva Jersey, se han retrasado vuelos con destino a Madrid y Barcelona de las aerolíneas Iberia y American Airlines, según datos que aparecen en la página web de la Autoridad Portuaria de Nueva York y Nueva Jersey.
En el aeropuerto Eldorado, en Bogotá, donde muchas aeronaves procedentes de España hacen escala en su rumbo hacia otros países latinoamericanos, la aerolínea colombiana Avianca aplazó seis vuelos programados para este viernes en las rutas Colombia-España-Colombia.
En La Habana, un vuelo a España de Iberia ha sido cancelado hasta que el avión en el que deben viajar los pasajeros salga de Madrid. La situación ha afectado a unos 250 pasajeros que han sido trasladados a hoteles, informaron fuentes de la compañía. El otro vuelo previsto para hoy, de la compañía Air Europa, mantiene su salida.
Desde Lima, todos los vuelos hacia España están retrasados o reprogramados hasta la noche, también como consecuencia de un paro de tres días que planea un sindicato de aviación y que iniciará mañana.
Otros aeropuertos de Centro y Latinoamérica reseñaron que los vuelos que tenían alguna ciudad española como destino no presentan problemas y saldrán a la hora convenida.
Difíciles compensaciones
Los viajeros que se hayan visto atrapados en el caos de ayer no lo van a tener fácil para ser compensados, salvo que las compañías aéreas decidan ser flexibles. El reglamento europeo CE 261/2004 que figura en la web del Ministerio de Fomento establece que "no existe derecho a compensación si el transportista encargado de efectuar el vuelo puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables".
El resquicio al que pueden agarrarse es que en esta reglamentación no se incluye como circunstancia excepcional la súbita y simultánea enfermedad de todos los trabajadores de un servicio indispensable para la realización del vuelo, como son los controladores.
A lo que sí se tiene derecho es a que devuelvan el importe del billete antes de siete días (si el viajero acepta, puede ser en vales de la compañía canjeables por otro vuelo). Si no, puede pedir que la compañía aérea le lleve hasta el destino final lo más rápidamente posible en un medio alternativo, o bien con fecha posterior, cuando los vuelos se hayan reiniciado.
FUENTE: ELPAIS.COM, donde podéis encontrar más información, nosotros solamente reflejamos la fundamental, puesto que esta es una web de cultura